El Gobierno modificó el Régimen de Exportación Simplificada (Exporta Simple) para buscar potenciar nuevos exportadores y promover una mayor inserción en el comercio mundial, reconfigurando los requisitos para canalizar ventas de menor valor a través de un operador logístico del régimen Exporta Simple (OLES).
La medida quedó plasmada en la resolución conjunta /26 del Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que, en sus considerandos, destacan la necesidad de “reducir cargas administrativas” y “eliminar trabas burocráticas”.
Requisitos y límites
La nueva norma establece las siguientes exigencias y limitaciones para la utilización del régimen:
Topes de facturación
Uno de los cambios más significativos que introduce la resolución tiene que ver con los límites en los montos a comercializar.
La norma establece que si, al momento de la oficialización de la destinación, los bienes están alcanzados en el régimen general por alícuotas de derechos de exportación superiores al 0%, el exportador deberá acatar dos condiciones estrictas:
En paralelo, la medida garantiza expresamente que las operaciones cursadas a través de este canal simplificado podrán acceder a los estímulos a la exportación que legalmente les correspondan.




